Accidentes de tráfico. Todo lo que necesitas saber.

ILLICE LEX ABOGADOS, PROCURADORES Y ADMINISTRADORES DE FINCAS es un despacho especializado en la tramitación de reclamaciones de indemnizaciones por los daños ocasionados en accidente de tráfico, donde como prioridad nos marcamos tanto la cuantía de la indemnización a percibir como en la sanación del perjudicado.

A continuación, les ofrecemos una serie de consejos, para saber cómo actuar ante un siniestro:

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¿Cómo actuar tras sufrir un accidente de tráfico?
RA).- En primer lugar, la intervención requerida cambia, según haya o no conformidad entre los implicados en el siniestro o accidente:

I).- En caso de CONFORMIDAD, entre los implicados en el accidente.

Se deberá cumplimentar un parte amistoso de accidentes (documento que nos suelen facilitar nuestra compañía de seguro), donde se deberá indicar con la máxima claridad:

a).- La dinámica del accidente.

b).- los datos identificativos de:

i).- conductores.

ii).- propietarios de los vehículos.

iii).- seguros.

iv).- número de póliza.

v).- pasajeros de ambos vehículos.

vi).- número de lesionados.

vii).- Y cualquier otra circunstancia digna de interés.

La correcta redacción y cumplimentación de dicho parte amistoso es de vital importancia, ya que constituye una prueba esencial para determinar quién fue el responsable del accidente.

II.- En EN CASO DE DISCONFORMIDAD, en las causas del siniestro que tengan los implicados en el accidente.

Se deberá contactar con la Policía Local o Guardia Civil para que se trasladen al lugar del accidente de tráfico a fin de redactar el correspondiente atestado.

B).- En segundo lugar, ante lesiones del conductor del vehículo y/o de cualquiera de sus ocupantes.

Deberán trasladarse a los servicios médicos de urgencias para recibir asistencia médica y contar con un primer diagnóstico de las lesiones sufridas en el accidente de tráfico.

No olvide indicar al médico que dichas lesiones han sido causadas en un accidente de tráfico como tampoco olvide solicitar el informe médico de la intervención y asistencia médica recibida.

C).- En tercer lugar, contacte de inmediato con su compañía aseguradora al objeto de comunicar el siniestro, con traslado de la documentación que le sea requerida.

D)- En cuarto lugar, acuda a médicos especialistas y rehabilitadores para el tratamiento de sus lesiones.

No olvide conservar todas cuantas facturas de los gastos médicos, asistenciales, farmacéuticos y de cualquier tipo que se hubieren devengado con ocasión del accidente de tráfico.

E).- En quinto lugar, acuda a un despacho de abogados especialista en reclamaciones de indemnizaciones derivadas de accidentes de tráfico para que asuman la tramitación de su asunto con la máxima diligencia y celeridad.

ILLICE LEX ABOGADOS, PROCURADORES Y ADMINISTRADORES DE FINCAS le recomienda que no permita ser examinado por el médico de la compañía aseguradora de la parte contraria sin previa consulta a su abogado.

De igual modo, NO acepte ninguna indemnización sin previa consulta a su abogado.

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¿Qué personas pueden solicitar una indemnización por los daños y perjuicios sufridos en un accidente de tráfico?
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  1. El conductor del vehículo no responsable del accidente.
  2. Los ocupantes tanto del vehículo responsable como del no culpable.
  3. El peatón, en caso de ser atropellado por un vehículo.
  4. Los familiares de la persona fallecida en un accidente de tráfico.
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¿Cuáles son las vías que puedo seguir para reclamar la indemnización correspondiente por los daños y perjuicios sufridos en un accidente de tráfico?
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  1. RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIALa la aseguradora contraria con el objeto de llegar a un acuerdo indemnizatorio.
  2. La reclamación mediante un PROCESO PENAL.

Desde nuestro punto de vista, esta es la opción más recomendable, ya que la víctima del accidente de tráfico será examinada por un  médico forense adscrito al juzgado que emitirá un informe pericial (ahorrándose el tener que acudir al servicio de un informe pericial privado), donde concretará tanto los perjuicios físicos, como los días que han tardado en curar.

Requisitos necesarios para poder ejercitar este procedimiento:

  • La existencia de lesiones en la víctima del accidente de tráfico.
  • La interposición de la DENUNCIA en el PLAZO de 6 MESES, contados desde el día del accidente de tráfico.

3. La reclamación de la indemnización mediante de un PROCESO CIVIL; procedimiento que se tendrá que ejercitar en el caso de que:

  • Haya transcurrido más de 6 meses desde el accidente de tráfico, ya que no se podría ejercitar la acción penal. Para el ámbito civil existe un PLAZO de 12 MESES, a contar desde el momento que ocurra el siniestro o desde la sanación de las lesiones.
  • En caso de que sólo existan daños materiales, en cuyo caso, estará vedada la vía penal.
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¿Qué tipo de daños son indemnizables?
R1.- DAÑOS MATERIALES:

a) Los gastos de reparación del vehículo siniestrado.

b).- El valor venal del vehículo accidentado más el valor de afección correspondiente, en el supuesto de que sea declarado siniestro total.

El valor venal resulta muy polémico y discutible al depender de multitud de factores, por lo que ILLICE LEX ABOGADOS, PROCURADORES Y ADMINISTRADORES DE FINCAS recomienda que NUNCA acepte cualquier oferta indemnizatoria SIN PREVIAMENTE HABER CONSULTADO A SU ABOGADO DE CONFIANZA.

c).- El valor de mercado directamente.

d).-  Los gastos derivados directamente del accidente de tráfico, sirvan a título de ejemplo: gastos médicos, rehabilitación, farmacia.

e).-  El resto de daños sufridos en los bienes de la víctima causados por el accidente de tráfico.

f).- El lucro cesante, es decir, el dinero que se ha dejado de percibir por haber sufrido el accidente de tráfico.

2.- DAÑOS PERSONALES:

Este tipo de daños se rigen por un BAREMO  de obligada aplicación, que sirve para cuantificar la indemnización final que recibirá la víctima por las lesiones sufridas.

En dicho Baremo se cuantifican los daños personales, según el caso:

a).- INCAPACIDAD TEMPORAL, donde se diferencia entre:

. DÍAS HOSPITALARIOS: Días de ingreso en hospital.

. DÍAS IMPEDITIVOS: Son los días que la víctima ha estado impedida para la realización de las ocupaciones propias de su vida habitual a consecuencia del accidente de tráfico.

. DÍAS NO IMPEDITIVOS: Los días que han tardado en curar las lesiones y en los que la persona ha podido continuar con su actividad habitual.

b).- LESIONES PERMANENTES, son las secuelas físicas que se han originado como consecuencia del siniestro.

Estas lesiones se cuantifican a través de puntos, cada lesión tiene preestablecida una franja de puntuación.

El perito médico o médico forense será el encargado de determinar la puntuación dentro de la franja según la gravedad de las lesiones.

Establecidos que hayan sido los puntos, habrá que asignarle a aquéllos su valor pecuniario, que variarán en función de la cantidad de puntos y edad.

c).- Para finalizar, se deberá aplicar el FACTOR DE CORRECCIÓN que dependerá de factores tales como los ingresos anuales de la víctima, de si concurre incapacidad, etc

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¿Puedo elegir el abogado que quiera?
REs práctica extendida que en todos los seguros de vehículos se contemple la cobertura de defensa jurídica, prestando la entidad aseguradora al asegurado un servicio jurídico para atender las reclamaciones por los daños y lesiones provocadas en un accidente de tráfico.

Para ello, el asegurado puede optar por percibir dicho servicio jurídico:
1.- Directamente de la compañía aseguradora, quien le asignará un abogado que trabaja para ella.
2.- O mediante la libre designación de un abogado particular ajeno a la compañía aseguradora, siendo usted quien elija y contrate al Abogado de su confianza.
En este caso, será la compañía aseguradora quien pague los honorarios del abogado particular contratado, hasta el límite que conste pactado en su póliza de seguros.

En ILLICE LEX ABOGADOS, PROCURADORES Y ADMINISTRADORES DE FINCAS, tiene la ventaja de contar con abogados especialistas en materia de accidentes de tráfico, lo que le confiere la garantía y tranquilidad de estar en las mejores manos para obtener la máxima indemnización posible. Y además, usted no se ha de preocupar de adelantar provisión de fondos alguna, no suponiendo ningún coste para la víctima, toda vez que será su compañía de seguros la que se encargue de pagar o abonar los honorarios de Abogado hasta el límite que en su caso conste pactado en su póliza de seguros, en cuyo caso, usted solo abonaría la diferencia que pudiera existir al final del procedimiento.

En caso de inexistencia de póliza de seguro que le cubra la asistencia o defensa jurídica, se le cobraría un porcentaje de la indemnización obtenida.